CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS EN ANDALUCIA

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha publicado la Resolución Definitiva de las subvenciones para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas, correspondientes a la convocatoria 2024, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020

El sector agrícola andaluz recibe un importante impulso con la publicación de la Resolución Definitiva de las subvenciones para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1). Esta convocatoria, correspondiente al ejercicio 2024, ha sido finalmente resuelta, inyectando una suma considerable para la mejora y sostenibilidad de nuestras explotaciones.

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS EN ANDALUCIA

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Detalles Clave de la Subvención:

• Objetivo Principal: Estas ayudas están diseñadas para apoyar las inversiones en explotaciones agrícolas con el fin de mejorar su rendimiento y sostenibilidad global.

• Entidad Convocante y Financiadora: La subvención es gestionada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, y cuenta con financiación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un porcentaje del 75%, por la Junta de Andalucía en un 17,5% y por la Administración General del Estado en un 7,5%.

• Monto Total Concedido: Se han otorgado 174.944.768,28 Euros en total.

• Beneficiarios: Un total de 3.777 personas y entidades han sido seleccionadas como beneficiarias, cumpliendo con los requisitos de la convocatoria y obteniendo la puntuación necesaria en el proceso de concurrencia competitiva.

Un Vistazo al Proceso y Calendario:

Las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas en septiembre de 2020. La convocatoria para 2024 se publicó el 24 de julio de 2024, y el plazo para presentar solicitudes se extendió hasta el 18 de octubre de 2024. Tras una propuesta provisional de resolución en marzo de 2025, la propuesta definitiva se emitió el 27 de junio de 2025, culminando en la resolución firmada el 2 de julio de 2025. La propuesta definitiva incluye la relación de las personas y entidades beneficiarias de las ayudas.

¡Si eres Beneficiario, Atento a tus Obligaciones!

La resolución detalla una serie de obligaciones fundamentales que los beneficiarios deben cumplir para mantener la ayuda:

• Aceptación de la Subvención: La subvención concedida debe ser aceptada en un plazo de quince días a partir de la publicación de la resolución. Si no se acepta dentro de este plazo, la resolución perderá su eficacia y se acordará el archivo de la misma.

• Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución de los gastos subvencionables será de un máximo de 5 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.

• Mantenimiento de Requisitos e Inversiones: Es crucial comprometerse a mantener las condiciones que justificaron la ayuda y las inversiones realizadas durante al menos 5 años a contar desde la fecha del pago final de la ayuda.

• Presentación de Solicitud de Pago: Deberás presentar la solicitud de pago en un plazo máximo de 1 mes desde la finalización del periodo de ejecución de las inversiones. El importe definitivo de la ayuda a pagar se determinará previa justificación de la actividad subvencionada y se calculará en base a los importes considerados admisibles tras los controles administrativos.

• Transparencia y Control: Los beneficiarios deben someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, tanto nacionales como de la Unión Europea, aportando toda la información requerida. Además, deben comunicar cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que financie las actividades subvencionadas tan pronto como se conozcan, así como cualquier alteración de las condiciones de concesión. Es necesario disponer de una cuenta bancaria única para el pago de la ayuda y asociarla a GIRO, y conservar los documentos justificativos de los fondos recibidos durante al menos 5 años desde el pago final.

• Condiciones Específicas: Si tu inversión incluyó criterios de baremación por ahorro de agua o incorporación de nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC) (más del 25% de la inversión), deberás demostrar su cumplimiento. En el caso de inversiones relacionadas con invernaderos, se exige que las características técnicas garanticen su viabilidad futura y sean compatibles con las bases reguladoras, y que se formalice una póliza de seguros que garantice su reconstrucción durante al menos 5 años. Para la producción de biocarburantes o energía, la producción no debe superar el consumo medio anual de la explotación y no se debe vender el biocarburante o energía producidos, atendiendo únicamente las necesidades energéticas del beneficiario (incluyendo la unidad familiar). La conexión de la instalación subvencionada a la red eléctrica está permitida. Además, se requiere ser titular de una explotación agraria, darse de alta en la actividad económica y afiliarse al régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria, y cumplir la condición de «agricultor activo», todo ello antes del pago de la ayuda. Si el plan de mejora involucra indicadores técnico-económicos de regadío, estos deben estar respaldados por la documentación de uso legal del agua. En parcelas «previstas» para beneficiarios no incluidos en la submedida 6.1, se debe acreditar la titularidad antes del pago. Si son explotaciones prioritarias, se requiere actualizar la información en el Registro de explotaciones Prioritarias antes del pago. También se debe solicitar un informe de verificación de no inicio de inversiones ligadas al terreno y señalar adecuadamente la actuación, indicando la cofinanciación de FEADER y la Junta de Andalucía.

• Creación de Empleo: Si puntuó la creación de al menos una UTA (Unidad de Trabajo Agrario) adicional, mediante cambio de orientación productiva o incremento de la dimensión, se deberá cumplir con este compromiso.

• Seguro Combinado: Si puntuó, se debe suscribir un seguro combinado para toda la explotación en los planes de los 5 años posteriores al pago de la ayuda.

• Inscripción en SIPEA: Se debe inscribir la explotación en el SIPEA antes de solicitar el pago de la ayuda.

Solicitudes Desestimadas o Desistidas:

La resolución también incluye la relación de solicitudes desestimadas, detallando los motivos, que pueden incluir la falta de disponibilidad presupuestaria, el incumplimiento de preceptos normativos (como incidencias en la solicitud, acreditación de identidad o representación legal, requisitos de actividad, obligaciones tributarias, titularidad de la explotación, superficie de regadío, o requisitos de las inversiones), incidencias en el cálculo de la ayuda, o indicadores de sospecha de irregularidad intencionada. Además, se listan aquellas solicitudes que fueron desistidas a petición del propio interesado.

Puedes verificar la integridad de este documento oficial mediante el código QR adjunto o accediendo a la dirección https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma e indicando el código de verificación.

Esta resolución, firmada por Daniel Quesada Sánchez el 2 de julio de 2025, marca un paso importante para el desarrollo del sector agrícola en Andalucía, fomentando la inversión y la adaptación a un modelo más moderno y sostenible. Contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, los interesados tienen derecho a interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.