Novedades en maquinaria Agrícola

El Ministerio de Agricultura va a modificar la normativa sobre maquinaria agrícola para mejorar su seguridad y su impacto en el medio ambiente.

En un proyecto de Real Decreto que ha sometido a consulta pública, el Ministerio de Agricultura introduce modificaciones en la normativa vigente sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola. El objetivo es mejorar su seguridad y su eficiencia medioambiental, además de cuantificar el censo de tractores y máquinas agrícolas, que está sobredimensionado debido a que muchos de ellos no se dan de baja aunque dejen de usarse.

Novedades en maquinaria Agrícola, Fitoliva

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El pasado mes de mayo, el Ministerio ya anunció estos cambios para mejorar la seguridad de la maquinaria agrícola en general y hacía referencia, en particular, a los numerosos tractores usados de importación que cada año se incorporan al parque nacional.

Dada su falta de seguridad y su impacto ambiental, la disposición recoge los requisitos que deben cumplir las máquinas usadas de importación respecto a antigüedad, emisiones y estructura de protección contra el vuelco en el caso de los tractores agrícolas y forestales.

Por ejemplo, no podrán inscribirse en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) los tractores agrícolas importados de otros Estados miembros que no tengan estructura de protección homologada. Tampoco podrán registrarse los que se pusieran en servicio en el país de origen antes del 30 de junio de 2001, con el fin de evitar la incorporación a la agricultura española de máquinas con altos niveles de emisiones.

Nueva normativa ROMA

La misma disposición aborda la sobredimensión del censo de tractores y máquinas agrícolas en el ROMA porque muchos de ellos no se dan de baja aunque dejen de usarse.

El texto establece las circunstancias en las que será obligatoria la baja de una máquina en el registro e introduce la posibilidad de que las Comunidades procedan a la baja de la inscripción en el ROMA de oficio, aunque solo en determinados casos y consultando siempre antes al titular. Recoge también cuáles son las máquinas de inscripción obligatoria y los requisitos mínimos para proceder a ella.

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